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viernes, abril 19, 2024

Policía no va a decomisar dosis mínima ni multar a quienes la consuman o la porten

Así lo indicó un fallo del Consejo de Estado, con lo que sufrió un revés el decreto emitido por el Iván Duque hace dos años.

Policía Nacional, solo podrá decomisar las sustancias siempre y cuando sea comprobado que son para distribución o para comercializar. Quiere decir que no se va a confiscar la dosis mínima que lleven las personas.

Para el codirector de Temblores, ONG, Alejandro Lanza, la decisión deja sin efecto el decreto 1844 del 1 de octubre de 2018, que para él «no solamente atentaba contra todos lo derechos de las personas que usan drogas, sino que ponía a la Policía a perfilar en la calle a las personas que percibía usuarias de sustancias».

Alejandro, indicó que en 2019 las autoridades impusieron 166 mil comparendos por portar o usar drogas en sitios públicos.

El fallo del Consejo de Estado concluye que no se pueden desconocer los derechos de intimidad de los consumidores cuando no afecten a otras personas.

Redacción El Norte Hoy

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