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Si no presta el baño de su negocio, puede ser multado

En el nuevo código de Policía instaurado en el año 2019, se determina que habrá sanción monetaria para los tenderos que no quieran prestar el baño de sus estab...

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El Norte Hoy
Cartago • 23 de July, 2021 - 17:00
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En el nuevo código de Policía instaurado en el año 2019, se determina que habrá sanción monetaria para los tenderos que no quieran prestar el baño de sus establecimientos.

Si un tendero se niega a prestar el baño, va a ser multado fuertemente en el caso de que no deje entrar a adultos mayores, niños o mujeres embarazadas.

Esta información indicaría que así no sea un cliente quien solicite este servicio, el dueño del negocio deberá dejarlo entrar, de lo contrario podrá ser sancionado por una suma de 121 mil pesos.

Las personas que se vean afectadas por esta negativa, se puede dirigir a un CAI de la Policía y se hará efectiva una sanción al comerciante.

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