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martes, abril 23, 2024

¡Atentos! MinSalud emite protocolo para reactivar parques de diversiones.

Con las siguientes especificaciones, será posible asistir a los parques de diversiones en Colombia.

El Ministerio de Salud emitió la resolución donde se encuentran estipulados los protocolos de seguridad a seguir por los parques de diversiones. En este se plantea que no se permiten las celebraciones con besos y abrazos, además la distancia con la que se debe contar es de dos metros por persona.

El uso constante de tapabocas es obligatorio en estos centros, además de contar con un kit de gel antibacterial durante los recorridos.

Se tiene en cuenta que esta resolución aplica para los establecimientos con ánimo de lucro como reservas naturales, parques de diversiones y jardines botánicos.

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Aquellos lugares que cuenten con secciones como museos al interior del parque, jardín o reserva, deberá acogerse, (solo en este sector) al decreto 900 de 2020. Este aplica para el sector cultural colombiano, más específicamente el museístico.

El centro debe garantizar el distanciamiento de 2 metros por persona en el establecimiento, considerando que este depende de la capacidad total del local.

Los recorridos realizados serán por grupos y entre cada uno de ellos debe existir un tiempo prudencial de ingreso. Además, los usuarios deberán ser registrados y controlados al momento del ingreso.

Cada atracción tiene que tener presente el número de participantes permitidos por grupo y guía, dependiendo de la actividad que se va a realizar.

A continuación se encuentra la resolución. Blu Radio

Redacción El Norte Hoy

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