La Ley da posibilidad de acogerse a ella pero a quienes tengan multas antes del 31 de mayo.
Este 24 de julio se promulgó la ley 2027 de 2020 que concede una amnistía por única vez a los deudores de multas de tránsito y les brinda la posibilidad de acordar formas de pago y alivio para ponerse al día con esta deuda.
Esta ley, que aplica “por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2020”, cobija a los deudores que tengan multas por infracciones al Código Nacional de Tránsito.
Ellos tendrán “un descuento del 50 % del total de su deuda y del 100 % de sus respectivos intereses”. Además, podrán acogerse a la ley sin necesidad de asistir a cursos pedagógicos de tránsito.
El documento manifiesta que quienes se suscriban a la ley tendrán un plazo máximo de 1 año para pagar y así deberá describirse en los acuerdos hechos.
Dice también esa norma, que quienes incumplan los acuerdos pactados perderán los beneficios y deberán pagar el total de la multa y de los intereses.
“Los ciudadanos podrán suscribir acuerdos de pago directamente con los organismos de tránsito o con el SIMIT en cualquiera de sus oficinas en el territorio nacional o con aquellos entes públicos o privados con los que los organismos de tránsito hayan suscrito o suscriban contratos y convenios”, afirma la ley.
Si usted tiene alguna multa y no la ha podido pagar, esta es su oportunidad. Acérquese a la secretaria de transido donde le aparece y manifieste su deseo de acogerse a la Ley. Y si es el caso pida que le den tiempo para pagar, recuerde que cuando haga el acuerdo de pago no podrá exceder un año y no puede atrasarse en ninguna cuota.