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viernes, marzo 29, 2024

Mujer que paga condena, solícito permiso para trabajar como modelo Webcam

La mujer cumple su condena a cuatro años y medio desde el 2016, debido a delitos con drogas.

Tras completar tres años cumpliendo su condena en retención domiciliaria realizo su solicitud justificada en que es un modo de irse reinsertando nuevamente con la sociedad y que todos aquellos que están privados de la libertad tienen derecho a trabajar.

La juez a cargo del caso no considero apropiado este trabajo por varias cuestiones, primero afirmo que este tipo de empleo no podría ser monitoreado por el Inpec ya que al tratarse de un trabajo sexual las paginas son restringidas, segundo que las condiciones laborales no son claras y no cumplían con los requisitos exigidos por la institución y tercero relaciono este trabajo directamente con la prostitución.

Según El Tiempo la juez agrego «que en Colombia aunque la prostitución es considerada una actividad legal, no debe ser alentada por las autoridades, y menos aún en personas que están detenidas, y sobre quienes no se debe aumentar la vulnerabilidad».

Seguido de esto y a favor de la mujer, apelo un representante del Ministerio Público, el cual contradijo los puntos que señalo la juez y agregó que la mujer se encontraba en todo su derecho de ser una modelo Webcam.

Lo anterior en base a que la mujer en su petición presento información completa sobre su empleador, salarios, horarios, locación, lugar de trabajo y confirmo que contaría con una seguridad social.

Así fue que el caso llego hasta una delegada de La Procuraduría, la cual también dijo que la mujer se encontraba en todo su derecho y que las actividades que desempeñaría en dicho trabajo solicitado no eran más que entretenimiento para adultos en portales de internet.

Por consiguiente el caso fue tomado por el Tribunal Superior de Bogotá, el cual tras revisar la apelación del representante del Ministerio Público, afirmó que el Código Penal y el Código Penitenciario no establecen ningún tipo de restricción sobre los trabajos que los detenidos pueden desempeñar.

Por ultimo el tribunal determino que el Inpec podía hacer seguimiento de la mujer ya que al conocerse su lugar de trabajo y sus respectivos horarios, por medio de un dispositivo electrónico de vigilancia se mantendrían al margen de sus desplazamientos.

Fuente: El Tiempo

Redacción El Norte Hoy

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